En agosto de 2026, la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo homologó el acuerdo entre la Unión Obrera de la Construcción (Uocra), la Cámara Argentina de la Construcción (Camarco) y la Federación Argentina de Entidades de la Construcción (FAEC), que establece una contribución patronal del 2% para los empleadores del sector de la construcción. Esta medida fue oficializada mediante la Disposición 1036/2026 y comprende los Convenios Colectivos de Trabajo 76/75 y 577/10.
Contexto y homologación del acuerdo
El acuerdo fue homologado formalmente por la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social a través de la Disposición 1036/2026 de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo. Originalmente, en la paritaria del 19 de mayo, sólo se homologó el componente salarial, dejando sin aprobar la contribución patronal. Posteriormente, las partes reformularon esta disposición y la presentaron separadamente, lo que permitió su homologación junto con su acta complementaria.
Características de la contribución patronal del 2%
La contribución es a cargo exclusivo de los empleadores regidos por los Convenios Colectivos de Trabajo 76/75 y 577/10, y se calcula sobre los rubros salariales remunerativos normales, habituales y mensuales, conforme a la Ley 27.802 y su Decreto Reglamentario 612/2026. Es importante destacar que esta contribución no representa un aumento salarial ni un descuento sobre los salarios de los trabajadores, y no afecta las escalas salariales vigentes.
Destino de los fondos recaudados
Los fondos obtenidos a través de esta contribución patronal serán destinados a financiar acciones de carácter social, asistencial, previsional y cultural. Estos beneficios estarán dirigidos a los trabajadores representados por el gremio Uocra, buscando mejorar su bienestar y calidad de vida dentro del sector de la construcción.




