El Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP) de Uruguay informó sobre la entrada en vigencia de sanciones económicas para conductores que incumplen los límites de velocidad establecidos en rutas nacionales, tras una fase de prueba con radares instalados en agosto de 2023. La medida forma parte de un esfuerzo por mejorar la seguridad vial en puntos con alta siniestralidad del país.

Resultados y cumplimiento tras la etapa de prueba

Durante octubre de 2023, periodo en que los radares funcionaron en modo prueba, se registraron 34.345 infracciones, equivalentes al 1,5% de los usuarios que circulan por las rutas nacionales, según informó Hernán Ciganda, Director Nacional de Vialidad. La instalación de estos dispositivos ha incrementado el cumplimiento de los límites de velocidad, que inicialmente oscilaba entre 40% y 80% según el lugar, y actualmente alcanza un 99%. El Ministro José Luis Falero destacó que los conductores se han ido acostumbrando a la presencia de los radares en zonas de peligro y ajustan su conducción en consecuencia.

Ajustes en límites de velocidad y puntos de control

El MTOP revisó y modificó los límites de velocidad en cinco puntos específicos de las rutas nacionales donde se instalaron los radares. En Artigas, sobre la ruta 30 en el acceso sur y en el by pass a Pintadito, así como en el acceso oeste a Canelones por ruta 11, el límite aumentó de 45 km/h a 60 km/h. En ruta 1, en el kilómetro 51.278 y 51.571, se incrementó de 60 km/h a 75 km/h. Algunas señales aún no fueron actualizadas, por lo que los radares permanecen cubiertos para evitar confusión en los conductores.

Multas, legislación y nuevos mecanismos para extranjeros

Las infracciones por exceso de velocidad sujetas a multa económica se aplican según franjas: exceder el límite por hasta 20 km/h equivale a 5 unidades reajustables (UR), unos $U 8.148; entre 21 y 30 km/h supone 8 UR ($U 13.037); y más de 31 km/h, 12 UR ($U 24.444). Este esquema está establecido en el Decreto 329/021. En enero de 2024 entrará en vigor un ajuste legal que limitará las multas a un máximo de 10 UR, conforme al Artículo 287 de la Ley de Rendición de Cuentas Nº 20.212. Técnicos del MTOP, junto con UNASEV y la Policía Caminera, trabajan en el decreto reglamentario correspondiente. Además, se implementa un mecanismo para aplicar sanciones a conductores extranjeros que infrinjan las normas de tránsito.